Open/Close Menu Asesoría fiscal y jurídica para empresas y particulares en Toledo

Decir, para quien no lo conozca, que el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) es un organismo estatal al que los trabajadores pueden acudir cuando han sido despedidos de un cierto puesto de trabajo y no están conforme con las condiciones en las que se ha producido dicho despido.

En cada provincia española hay un SMAC diferente, establecido dentro de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral correspondiente a dicha provincia. Por tanto, cada trabajador debe optar por acudir al SMAC que le corresponda.

Cuando se acude al SMAC es porque se quiere solicitar una conciliación laboral con el empresario o empresa que ha realizado el despido y, para ello, se hace uso de la denominada “papeleta de conciliación”. Una vez se presenta dicha solicitud formalmente, el SMAC provincial de turno comienza el proceso de mediación.

Es importante saber que esta solicitud, y la correspondiente “papeleta”, deben ser presentadas en los 20 días hábiles posteriores a la notificación formal del despido por parte de la empresa que ha toma esta decisión. Por tanto, si el trabajador afectado quiere efectuar una reclamación judicial en toda regla, deberá respetar este plazo, de lo contrario la solicitud de conciliación no se hará efectiva.

En el momento que el SMAC provincial recibe la papeleta de conciliación y comprueba que ha sido entregada dentro del periodo pertinente, y que está todo en orden, dictamina la suspensión del procedimiento asociado al despido del trabajador que inició dicha solicitud.

Así permanecerá hasta que las dos partes implicadas, es decir, trabajador y empresario/empresa, se reúnan en lo que ha venido a llamarse “acto de conciliación”. Una suerte de reunión que debe ser celebrada en un periodo máximo de 15 días hábiles con respecto al momento en el que se presentó la mencionada papeleta de conciliación.

Así lo dicta el SMAC y, de hecho, la celebración de este acto de conciliación es un requisito previo obligatorio que establece el propio SMAC para que posteriormente pueda celebrarse un proceso judicial en toda regla, ya de cara los Juzgados de lo Social.

Para que la celebración de dicho acto tenga validez, deben estar representadas, en el mismo, ambas partes del conflicto: trabajador despedido y empresa o empresario que le despide.

Con este acto se persigue que ambas partes traten de llegar a un acuerdo satisfactorio para evitar entrar en procesos judiciales más complejos. Este acuerdo puede llevarse a cabo o no, de hecho, a efectos legales, se dice que los actos de conciliación se pueden resolver con conciliaciones celebradas con avenencia (hay acuerdo), conciliaciones intentadas pero sin efectos (no hay acuerdo) y/o conciliaciones celebradas sin avenencia (tampoco hay acuerdo).

En el primer caso, es decir, cuando hay acuerdo, este puede implicar que el trabajador acepta el despido a cambio de una compensación económica o de una mejora de las condiciones establecidas inicialmente en el mismo, que la empresa finalmente se retrae y decide no despedir al trabajador y lo readmite en su plantilla o muchas otras combinaciones posibles.

Este sería un escenario posible, probablemente el más deseable por ambas partes ya que conlleva menores problemas pero, dependiendo de la resolución efectuada en el acto de conciliación, todo se puede complicar bastante y alargarse en el tiempo.

Si usted está decidido a afrontar todo este proceso y ha decidido acudir al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de su provincia, necesitará de la ayuda de profesionales que le representen ante este organismo y que defiendan sus intereses con la mayor de las garantías.

Como podrá imaginarse por lo que acaba de leer, este tipo de procesos pueden resultar bastante largos y enrevesados, por lo que no puede optar por confiar en cualquiera a la hora de que le representen. Usted necesita verdaderos profesionales, profesionales de primer nivel como los que le ofrece Sánchez Mendoza Abogados.

Con más de 20 años de trayectoria y una gran experiencia acumulada a nuestras espaldas, Sánchez Mendoza S.L. es una empresa que le ofrece seguridad, profesionalidad y eficiencia a la hora de aplicar sus servicios.

Si usted busca profesionales que le aporten tranquilidad, eficacia y buenos resultados, tome buena nota de nuestro gabinete de abogados y economistas: Sánchez Abogados S.L., profesionales de confianza en Toledo y Yuncos.

Contacte con nosotros llamando al 925 21 63 14 (sede central de Toledo) o al 925537275 / 665258391 (delegación de Yuncos) o, si lo prefiere, escribanos primero un correo electrónico a la dirección info@sanchezmendozaycia.es. Le atenderemos con sumo gusto y será el comienzo de una relación muy provechosa para ambas partes. ¡Le esperamos!

NUESTRAS REDES SOCIALES: