Open/Close Menu Asesoría fiscal y jurídica para empresas y particulares en Toledo

Hace unos días empezamos a hablaros de los diferentes modelos que hay que entregar cada año de cara a cumplir nuestras obligaciones fiscales, sobre todo si somos empresarios o trabajadores autónomos. Concretamente, nos centramos en todo lo referente a los impuestos que tendremos que pagar durante este 2019.

Sería recomendable que le echarais un vistazo al anterior post antes de continuar con este, así podréis retomar los contenidos justo por donde los dejamos la última vez. Aquí os dejamos un enlace que os permitirá acceder a dicho artículo.

Modelo 390: resumen anual del IVA

Una vez que hemos “refrescado la menoría” leyendo el anterior artículo, continuamos con un nuevo modelo, en este caso, el modelo 390, que incluye un resumen anual de las declaraciones relativas al IVA de la actividad comercial de una determinada empresa a lo largo de todo el presente año fiscal.

Este modelo debe ser presentado justo cuando se presenta el cierre del ejercicio anual, es decir, durante el primer mes posterior al último cierre fiscal. ¡Tomad buena nota!

Modelo 111: declarando las retenciones del IRPF

El modelo 111 tiene un carácter informativo, siendo el modelo que las empresas deben presentar de forma trimestral si quieren comunicar a Hacienda las retenciones del IRPF que están aplicado a sus trabajadores.

Al hacerlo así, están declarando dichas retenciones y se evitan muchos problemas. Por tanto, desde Sánchez Mendoza S.L. recomendamos presentarlo.

 

Modelo 190: retenciones en los empleados de las organizaciones

Parecido al modelo 111 pero, en este caso, lo presentan sólo aquellas organizaciones que quieran declarar las retenciones aplicadas en las nóminas de sus empleados o de otros profesionales que hayan contratado recientemente.

Entre otras cuestiones, se diferencia del modelo 111 por su periodicidad anual (recordemos que el modelo 111 tenía un carácter trimestral).

Modelo 180: resumen del modelo 115

El modelo 180 es un caso curioso ya que es una especie de resumen acerca de la información que ya se aportó con el modelo 115 a lo largo del año actual. Este modelo también tiene una periodicidad anual y enero es el mes elegido para poder presentarlo.

Modelo 200: liquidación para el Impuesto de Sociedades

Este modelo hace referencia a la liquidación que se aplica a la hora de presentar el Impuesto de Sociedades y presenta un carácter anual.

Recordemos que el Impuesto de Sociedades afecta a empresas, personas jurídicas y entidades no jurídicas del tipo “fondos de inversión” o “capital de riesgo”, entre otras muchas.

Modelo 202: para fraccionar el pago del Impuesto de Sociedades

Terminamos con el modelo 202, cuya presentación no es obligatoria salvo que una empresa o negocio quiera fraccionar el pago del Impuesto de Sociedades. Aunque advertimos al lector que eso no evitará al contribuyente tener que hacer un adelanto de dicho pago, es decir, “un pago a cuenta”.

 

Muchos modelos e impuestos distintos…Acude a la Asesoría de Sánchez Mendoza S.L.

Sabemos lo que estáis pensando: son demasiado impuestos y modelos. Es cierto, y eso que hemos dejado unos cuantos sin analizar para no hacer demasiado largo este artículo. El trabajador o empresario medio bastante tiene con sacar adelante su trabajo o negocio, como para tener que estar ocupándose de todos estos deberes y obligaciones fiscales.

Olvídate de preocupaciones y quebraderos de cabeza contratando la ayuda de asesores profesionales. Contacta con la Asesoría de Sánchez Mendoza S.L. y deja que nuestros expertos se encarguen de todo. Sin duda alguna, es la mejor inversión que puedes hacer para garantizar el presente y el futuro de tu empresa-negocio.

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